El Banco Central de Venezuela (BCV), a través de un aviso publicado en la Gaceta Oficial 41.008, fijó las tasas de interés aplicables a las obligaciones derivadas de la relación de trabajo, a las operaciones con tarjetas de crédito y para operaciones crediticias destinadas al sector turismo.
En la publicación oficial se indica que las tasas de interés aplicables a las obligaciones derivadas de la relación de trabajo, oscilarán entre 18,25% y 21,73%; mientras que las tasas de interés para operaciones con tarjetas de créditos se moverán en una banda de 29% (activa máxima anual) y 17% (activa mínima anual).
Mientras tanto, la tasa de interés máxima que podrán cobrar las instituciones regidas por el decreto de ley de Instituciones del sector Bancario y demás leyes especiales, por las obligaciones morosas de sus tarjetahabientes para el mes de octubre 2016 será de 3% anual, adicional a la tasa de interés pactada en la respectiva operación.
En cuanto a las tasas de interés para operaciones crediticias destinadas al sector turismo se establecieron en 12,96%.
Fuente: El Universal