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Publicados nuevos códigos arancelarios para importar

Caracas (ABN).- El Ejecutivo Nacional, mediante una resolución publicada en Gaceta Oficial Nº 39.350, determinó los nuevos códigos arancelarios incluidos para la importación de bienes de capital, insumos y materias primas realizadas por los diferentes sectores productivos y transformadores del país, para el otorgamiento de divisas a 2,60 y 4,30 bolívares.

Dicha resolución emitida este jueves por el Ministerio del Poder Popular para la Economía y Finanzas, establece como monto máximo para las importaciones 50.000 dólares, las cuales previo cumplimiento de los requisitos establecidos, gozarán de la agilización en el trámite para la obtención de la Autorización de Adquisición de Divisas (AAD) y de la Autorización de Liquidación de Divisas (ALD).

En este sentido, se determina que el tipo de cambio a 2,60 bolívares por dólar se aplicará para la importación de bienes, insumos y materias primas que no requieran Certificado de Producción Nacional como: azufre, fósforo, aluminio, potasio, mercurio, etano, sales, vitaminas y sus derivados, abonos de origen animal o vegetal, esterilizadores médicos, sembradoras, entre otros.

De igual manera, para las maquinarias requeridas para la industria lechera y azucarera, la avicultura, para la preparación de carne, frutos, hortalizas, pescado y pastas, así como trituradores y mezcladoras, tractores y transporte general para la industria.

Las importaciones que requieran del certificado y que gozarán del dólar preferencial serán para: pavos, aceitunas, alcaparras, semillas varias, trigo, así como calderas, condensadores, generadores de gas, motores para la propulsión de barcos, hornos, entre otros.

El ajuste cambiario de 4,30 bolívares por dólar corresponderá a bienes secundarios: tijeras de podar, cristales correctores para gafas, papel autocopia, barnizadores, así como inyectores y demás piezas para sistemas de combustibles para vehículos destinados al trasporte de mercancía.

El pasado jueves 14 de enero, el Ejecutivo Nacional, mediante una resolución publicada en Gaceta Oficial Nº 39.345, determinó los primeros códigos arancelarios para la importación de los bienes de cada sector que requieren el Certificado de Insuficiencia o de No Producción Nacional para el otorgamiento de divisas a 2,60 y 4,30 bolívares.

En ese sentido, se determinó que el tipo de cambio a 2,60 bolívares por dólar se aplicará para la importación de alimentos de primera necesidad o de consumo masivo, como: pollo, arroz, harina, pan, pastas, sal, azúcar y papelón, café, mortadela, atún, sardinas, leche en todas sus formas, mientras que a 4,30 bolívares, los productos como tocino, jamones, cangrejos, quesos fundidos, harina de maíz, entre otros.

Los ministerios en sus respectivos ámbitos de competencia seguirán evaluando las necesidades y requerimientos complementarios para la producción nacional de bienes y servicios, con miras a incentivar la producción nacional.

El titular del Ministerio de Economía y Finanzas, Alí Rodríguez, en declaraciones a VTV, señaló que el otorgamiento de divisas se incrementará con prioridad para los sectores manufacturero, salud y alimentación.

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