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Podrían iniciar procesos legales contra empresas por la incidencia salarial del cesta ticket

El abogado Juan Pablo Zeidén, consultor jurídico y litigante en el área laboral, miembro del grupo de asesores de la Cámara de Industriales del Estado Aragua, aseguró que con el aumento del salario mínimo en Venezuela, así como el incremento en la base de cálculo de la cesta ticket, “la novedad es que ahora el pago es completamente en efectivo a través del sistema de nómina. Ya no se cancelará con tarjeta electrónica, ni ticket, ni cupones, sino en efectivo”.

En conversación con Zulay Crespo, para el programa Acción Empresarial que se emite en World Trade Center Radio, Zeidén destacó que la vigencia es a partir del 01 de mayo e hizo hincapié en que aquellas empresas que venían cumpliendo con el suministro de comida, bien sea con el comedor en la empresa, o con un servicio mancomunado de comedores o servicio de comida, “deberán seguir cumpliendo con esto, y adicional, deben cancelar la cesta ticket en efectivo”.

Zeidén hizo referencia a que pudiese manejarse un aspecto legal e invitó a los abogados a analizar el artículo 89, numeral 3 de la Constitución Nacional, la cual indica que cuando hubiere dudas acerca de la aplicación o concurrencia de varias normas, o en la interpretación de una determinada norma, se aplicará la más favorable al trabajador.

Indicó que hay una situación que viene ocurriendo con la cesta ticket, desde el segundo aumento, y es a partir de allí cuando se hace más costoso para el empleador. “Se paga más por bono de alimentación que por el mismo salario. Actualmente las dos terceras partes del ingreso mensual del trabajador no tienen incidencia en prestaciones sociales, utilidades y otros, y el resto, un tercio, es sólo lo que tiene incidencia en estos conceptos”.

Analizó el riesgo que implica el cobro en efectivo de la cesta ticket, que si bien es cierto en el Decreto incluido en la Gaceta Oficial 6.296 extraordinaria, indica que no tiene incidencia salarial y que no impactará en el resto de contribuciones sociales, pero por otro lado se encuentra la libre disponibilidad enmarcada en la Ley Orgánica del Trabajo, y bien pudiera ocurrir que comienzan a plantearse procesos legales a través del Tribunal Supremo de Justicia sobre la incidencia salarial, por parte de los trabajadores.

Fuente: WTC Radio