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TSJ decidirá salida de Polar de los galpones de La Yaguara

La Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) decidirá si ratifica o anula el decreto sobre los terrenos ubicados en Antímano donde funcionan depósitos de la Polar. La empresa aduce que allí funcionan unos importantes depósitos de alimentos, pero el Gobierno proyecta construir viviendas.

La semana pasada la Superintendencia de Precios Justos, acompañada por la Guardia Nacional, realizó una visita a esos depósitos de la Polar que abarcan 9.113,33 metros cuadrados. Seis días después, la Sala Político Administrativa publicó dos sentencias relacionadas con la demanda interpuesta por Polar en 2013 para que se anule la medida.

En una primera sentencia (la N° 256) publicada el pasado martes, la Sala Político Administrativa dejó constancia que la República, representado en la Procuraduría General “no ha promovido medio de prueba alguno” en la demanda intentada por Polar. Por ello advierten que “será la Sala la encargada de valorar las actuaciones que reposan en autos, en la oportunidad de dictar la sentencia definitiva”.

En una segunda sentencia (la N° 257) publicada el mismo martes, se admite una prueba promovida por Polar “alusiva a tres discos compactos”. La sentencia no menciona el contenido de esos CD, pero se acordó proyectarlos en la sede del Juzgado cuando inicie la evacuación de pruebas. Las peticiones para incluir esas pruebas fueron hechas por Polar y luego la Procuraduría.

La historia del decreto. El decreto que ordena la acción, fue emitido por el fallecido presidente Hugo Chávez el 5 de mayo de 2011. Seis meses después (9-11-11), la empresa pidió a la Sala Constitucional del TSJ anularlo. A los dos (20-2-14) los magistrados respondieron que no podían dirimir ese conflicto porque no tenían esa competencia. La empresa dijo en su escrito de demanda que “el Gobierno acordó la expropiación de lotes de terreno propiedad de Cervecería Polar C.A. y Alimentos Polar Comercial C.A.”. Agregaron que “3.410 metros cuadrados del terreno propiedad de Cervecería Polar, ya habían sido dados por ella en comodato a la Asociación Civil Centro de Atención Nutricional Infantil Antímano desde el 2009, con la finalidad de ejecutar en ellos el proyecto de ampliación de las instalaciones”.

Pero dos meses antes que la Constitucional emitiera la sentencia N° 56 rechazando intervenir en el conflicto, Polar acudió a la Sala Político Administrativa para tramitar semejante petición, es decir, la nulidad del decreto. Ese recurso de nulidad fue consignado ante la Político Administrativa el 15 de diciembre de 2013, suscrito por Cervecería Polar C.A., Alimentos Polar Comercial C.A. y la Asociación Civil Centro de Atención Nutricional Infantil Antímano (Cania). Se admitió la demanda el 22 de octubre de 2014, pese a que había caducado el tiempo para interponer este tipo de recursos, según quedó asentado en la sentencia 377. Pero decidieron aceptarla “tomando en cuenta la importancia que ostenta el tema debatido”.

Fuente: El Mundo, Economía y Negocios / ER